Datos estadísticos

Se producen más de 1000 muertos anuales. Las quemaduras eléctricas representan un 2 % de los ingresos en las unidades de quemados de los hospitales, el 65 % se producen en el lugar de trabajo (normalmente empresas eléctricas), el 32 % son domésticos y el 3 % de causas varias.


A título orientativo podemos decir que representan sólo del 0,5 al 0,8 % de los accidentes con baja laboral, pero este bajo porcentaje se corresponde con el 8 % de los accidentes mortales en los centros de trabajo, lo cual indica que se asocian a lesiones muy graves.


Son más frecuentes en varones de 20 a 30 años, siendo la corriente alterna de baja tensión la más involucrada en los accidentes.

SEGURIDAD

Compromiso con la seguridad eléctrica

Cuidemos nuestras vidas y la de nuestros semejantes, estamos registrando la segunda causa de muerte por accidentes después de los  automovilísticos y la más importante de las causas de incendios de bienes e inmuebles.


Por lo tanto es muy difícil disponer de estadísticas a nivel país con un registro único que nos dé la verdadera dimensión que tienen los siniestros y accidentes por causas eléctricas.


Pero ponderando una proyección diríamos que son cifras significativas.
(No oficial) estimaban que las muertes por causas eléctricas ascendía a 1500 anuales en todo el territorio nacional, diríamos que son muchos, demasiados, considerando que se pueden evitar solo adoptando las normativas vigentes y utilizando productos eléctricos certificados.


Se puede apreciar claramente que la mayoría de los accidentes se provocan por negligencia o desconocimiento.


La Ley Nº 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo fue publicada en 1972 y sus Dtos.
Reglamentarios Nº 351/79 y 911/96, por cuyos textos tiene vigencia el Reglamento de AEA Asociación Electrotécnica Argentina, para la instalaciones eléctricas en inmuebles.

También tiene vigencia a nivel nacional la Resolución Nº 92/98 publicada en el año 1998, de la ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería sobre normativas y certificaciones de productos eléctricos de baja tensión. Todas estas leyes se encuentran en línea con la Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240 en vigencia desde 1993.


Cada uno desde nuestro lugar tenemos la obligación de difundir los derechos y obligaciones que como ciudadanos las leyes nos conceden y nos exigen.
Cuidemos nuestras vidas y la de nuestros semejantes.


¡No tenemos excusas para no hacerlo!


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